Цитата: Luddit от 11.07.2018 20:29:38Правительство Аргентины в среду отменило выплату вознаграждения, объявленного зимой за информацию о местонахождении пропавшей подводной лодки ВМС «Сан-Хуан»
(...)
Аргентинцы что-то узнали?
Перевод выполните сами, камрад?
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MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 717/2018
Ciudad de Buenos Aires, 05/07/2018
VISTO el expediente EX-2018-06485206-APN-SSSLD#MD, y la RESOL-2018-131-APN-MD, y
CONSIDERANDO:
Que como es de público conocimiento, desde su última comunicación el día 15 de noviembre del año 2017 se desconoce el paradero del SUBMARINO A.R.A. SAN JUAN y sus CUARENTA Y CUATRO (44) tripulantes a bordo.
Que el ESTADO NACIONAL, atento esta lamentable y trágica situación, adoptó diversas medidas destinadas a posibilitar el hallazgo del mentado buque.
Que entre esas medidas, resulta necesario hacer referencia al dictado de la Resolución citada en el visto.
Que su objeto consistió en el ofrecimiento, como gratificación y dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, de la suma de PESOS NOVENTA Y OCHO MILLONES ($ 98.000.000), a aquellas personas que brindaran información y datos útiles que permitan dar con el paradero y la ubicación precisa del SUBMARINO A.R.A. SAN JUAN.
Que, además, se dispuso como canal de comunicación entre este MINISTERIO DE DEFENSA y todas aquellas personas que quieran suministrar datos, el correo electrónico
subsanjuan@mindef.gov.ar.
Que no obstante el esfuerzo denodado del ESTADO NACIONAL para coordinar y aunar las acciones tendientes a obtener información certera, precisa y veraz que permitieran determinar con precisión la ubicación del SUBMARINO A.R.A. SAN JUAN, la medida en ciernes no ha logrado cumplimentar su objetivo último.
Que, en efecto, la finalidad destinada a generar los incentivos adecuados para que la búsqueda realizada por el material naval de la ARMADA ARGENTINA sea complementado con la participación de empresas del sector privado, ha resultado a esta altura infructuosa.
Que en virtud de lo expuesto y el tiempo transcurrido sin lograr obtener el éxito deseado tenido en cuenta a la hora del dictado de la citada medida, resulta necesario revocar la Resolución citada en el visto.
Que, en tal sentido, el artículo 18 in fine de la Ley N° 19.549, establece que el acto administrativo “…podrá ser revocado, modificado o sustituido por razones de oportunidad, mérito o conveniencia…”
Que al respecto prestigiosa doctrina sostiene que: “la revocación del acto por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, se produce atento a que ya no se corresponde con el interés que inspira para su dictado. La variación de circunstancias durante la existencia del acto impone la formulación de un nuevo juicio de valor de la Administración” (Régimen de Procedimiento Administrativo Ley 19.549- Ed. Astrea).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL Y DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención propia de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de los artículos 4° inciso b) apartado 9) de la Ley N° 22.520 de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias y el art. 18 in fine de la Ley N° 19.549.
Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Revóquese por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, la Resolución RESOL-2018-131-APN-MD del 8 de febrero de 2018.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Oscar Raúl Aguad
e. 11/07/2018 N° 49205/18 v. 11/07/2018
Fecha de publicación 11/07/2018
http://www.boletinoficial.gob.…1/20180711